¿Quiere viajar a EE. UU.? Tipos de visa americana y para qué sirve cada uno
Un ciudadano colombiano que pretenda visitar Estados Unidos tiene como requisito obtener un visado estadounidense, entre otras cosas, que es registrado por las autoridades migratorias del país norteamericano en el pasaporte del viajero.
Son más de treinta las modalidades de visado que existen, por lo que para muchos interesados es difícil entender a cuál deben acceder si quieren viajar como turistas o, por ejemplo, como estudiantes.
Le contamos en qué consisten los principales tipos de visado y las diferencia entre sí, de acuerdo con la página oficial del Gobierno de los Estados Unidos.
Hay dos divisiones importantes en la visa americana: la que tiene como propósito permitir un ingreso temporal a los visitantes del país norteamericano (visa de no migrante) y la que les permite quedarse como residentes (visa de inmigrantes).
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La primera se divide en varias modalidades que tienen origen en el propósito con el que el viajero visita EE. UU.: visa para visitantes por viaje de placer o negocios, para estudiantes y visitantes de intercambio y trabajadores temporales. Mientras que la segunda tiene origen en los lazos familiares con estadounidenses que tengan los extranjeros que buscan ingresar al país.
¿Cuáles son las visas de no migrantes?
• Atleta, aficionado o profesional (compitiendo solo por premios en metálico): categoría B-1.
• Au pair (visitante de intercambio): categoría J. Necesita aprobación en el Sistema de Información para Estudiantes y Visitantes de Intercambio (Sevis).
• Visitante de negocios: categoría B-1.
• Tripulante: categoría D.
• Diplomático o funcionario de un gobierno extranjero: categoría A.
• Empleado doméstico o niñera (debe acompañar a un empleador extranjero): categoría B-1.
• Empleado de una organización internacional designada o de la Otan: categoría G1-G5, Otan.

Esto es lo que necesitas para obtener la visa americana de trabajo en Estados Unidos y así puedes sacarla en Colombia.
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• Visitante de intercambio: categoría J. Necesita aprobación (Sevis).
• Personal militar extranjero estacionado en los Estados Unidos: categoría A-2.
• Extranjero con habilidad extraordinaria en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo: categoría O. Aprobación del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (Uscis) de una petición o solicitud.
• Visitante de intercambio cultural internacional: categoría Q. Aprobación (Uscis) de una petición o solicitud.
• Tratamiento médico, visitante por: categoría B-2.
• Medios de comunicación, periodista: categoría I.
• Atleta, artista, animador: categoría PAG. Aprobación (Uscis) de una petición o solicitud.
• Médico: categoría J, H-1B. Necesita aprobación (Sevis).
• Profesor, erudito, profesor (visitante de intercambio): categoría J. Necesita aprobación (Sevis).
• Trabajador religioso: categoría R. Necesita aprobación (Uscis).
• Estudiante: académico, vocacional: categoría F, M. Necesita aprobación (Sevis).
• Trabajador agrícola temporal: categoría H-2A. Debe obtener una certificación laboral extranjera del Departamento de Trabajo de EE. UU. Antes de presentar una petición ante el Uscis.
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• Trabajador temporal que realiza otros servicios o labores de carácter temporal o estacional: categoría H-2B. Debe obtener una certificación laboral extranjera del Departamento de Trabajo de EE. UU. Antes de presentar una petición ante el Uscis.
• Turismo, vacaciones, visitante de placer: categoría B-2.
• Capacitación en un programa que no sea principalmente para el empleo: categoría H-3. Necesita aprobación (Uscis).
• Comerciante por tratado / inversionista por tratado: categoría mi.
• Transitando los Estados Unidos: categoría C.
• Víctima de la trata de personas: categoría T. Necesita aprobación (Uscis).
• Visa de no inmigrante (V) para cónyuge e hijos de un residente permanente legal (LPR): categoría V.
• Renovaciones en los EE. UU. – Visas A, G y Otan. (N / A).
¿Cuáles son las visas para migrantes?
• Cónyuge de ciudadano estadounidense: categoría IR1, CR1.
• Cónyuge de un ciudadano estadounidense que espera la aprobación de una petición de inmigrante I-130: categoría K-3 *.
• Prometido (a) para casarse con un ciudadano estadounidense y vivir en EE. UU.: categoría K-1 *.

Formulario de aplicación para la visa.
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• Adopción internacional de niños huérfanos por ciudadanos estadounidenses: categoría IR3, IH3, IR4, IH4.
• Ciertos miembros de la familia de ciudadanos estadounidenses: categoría IR2, CR2, IR5, F1, F3, F4.
• Ciertos miembros de la familia de residentes permanentes legales: categoría F2A, F2B.
• Trabajadores religiosos: categoría SD, SR.
• Visa de inmigrante de diversidad: categoría DV.
• Residente que regresa: categoría SB.
Stefanía León Arroyave
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS