EE. UU. quita algunos requisitos para solicitar la Green Card: así es el trámite

Desde el 23 de diciembre de 2022 empezaron a regir los cambios en el Formulario I-485 de Solicitud de Registro de Residencia Permanente, conocido como la Green Card.

El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) modificó el documento para todo aquel migrante en Estados Unidos que desee tramitar su solicitud para recibir la Green Card y/o Ajuste de Estatus.

Le contamos lo que debe tener en cuenta por el cambio en el formulario. 

Lea acá: (A diez años del tiroteo en Sandy Hook, teorías conspirativas en EE. UU. no paran)

Beneficios ya no le impiden pedir la Green Card

Para vivir y trabajar en Estados Unidos de forma permanente, necesitará una Tarjeta de Residente Permanente (Tarjeta Verde).

Foto:

Nick Youngson CC BY-SA 3.0 Pix4free

Durante la presidencia de Donald Trump se impuso una regla que dificultó aún más el proceso para solicitar la residencia permanente en Estados Unidos.

Si una persona recibía beneficios de salud pública o cupones gubernamentales para comida, se entendía que era una carga pública para el país.

Pero la administración del gobierno del presidente Joe Biden modificó la ley sobre la carga pública, es decir, aquellos que reciben ayudas gubernamentales ya no serán castigados con su situación legal en Estados Unidos.

Siga leyendo: (La dura batalla que libra el expresidente Trump para evitar la cárcel)

La anterior regla consideraba beneficios como la asistencia de salud pública y nutricional dentro de los determinantes de inadmisibilidad, e incluso incluía los beneficios de familiares como parte de la carga pública.

Los cambios en el trámite 

Ahora, el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) tendrá en cuenta los siguientes factores de inadmisibilidad:

1. La «edad, salud, estado familiar, activos, recursos y estado financiero, educación y destrezas» de acuerdo a la Ley de Inmigración y Nacionalidad.

2. El uso de beneficios como Seguridad de Ingreso Suplementario o Asistencia Temporal para Familias Necesitadas.

3. En caso de ser solicitado, el formulario I-864, Declaración Jurada de Apoyo Bajo la Sección 213A de la INA.

4. Si presentará el Formulario I-485 debe usar la nueva edición con fecha del 23/12/2022, de lo contrario el formulario será rechazado.

Más noticias

LAURA ALEJANDRA ALBARRACÍN RESTREPO 
REDACCIÓN TENDENCIAS

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *